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El novio de Ayuso solicita al Supremo mantener la condena contra García Ortiz por revelar información reservada

Sofia Herrera

Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, ha solicitado al Tribunal Supremo que desestimar el incidente de nulidad presentado por el exfiscal general Álvaro García Ortiz. González Amador afirma que García Ortiz actuó con conocimiento y voluntad de divulgar información reservada, causando perjuicio deliberado contra sus derechos fundamentales.

El abogado de González Amador destaca que resulta imposible separar la filtración a la Cadena SER del 13 de marzo de 2024 del comunicado posterior del Ministerio Público. Este comunicado reveló públicamente que González Amador había reconocido delitos fiscales, información que antes solo era conocida por las partes. La difusión oficial de estos datos constituyó la revelación de información clasificada como reservada con claras consecuencias perjudiciales.

González Amador cuestiona si algún operador jurídico podría argumentar que García Ortiz desconocía lo que hacía. Enfatiza que García Ortiz como responsable máximo tenía pleno conocimiento de que la nota de prensa divulgaba datos confidenciales susceptibles de vulnerar derechos fundamentales. Esta información no debería haber sido pública ni utilizada de esa manera.

En casi cincuenta páginas, González Amador rebate sistemáticamente cada argumento presentado por García Ortiz. Critica especialmente la invocación de García Ortiz a la libertad de expresión institucional, afirmando que las instituciones públicas no poseen este derecho fundamental. Además, señala que aunque lo tuvieran, estaría limitado por el deber de sigilo inherente al cargo y los derechos de los afectados.

González Amador subraya que la filtración fue absolutamente innecesaria para contrarrestar información considerada falsa. El comunicado posterior tampoco aclaraba si existieron presiones superiores o si la información anterior era falsa. Por tanto, la revelación de datos careció de justificación legítima y constituye violación clara de normas de confidencialidad.

Respecto a los testimonios periodísticos que negaron ser la fuente, González Amador contesta que los reporteros no aportaron pruebas periciales sobre sus supuestas no fuentes. Advierte que aunque el secreto profesional debe respetarse, este derecho no impide que el tribunal evalúe la credibilidad de las declaraciones contrastándolas con otros elementos probatorios disponibles en el expediente.

González Amador rechaza que García Ortiz sufriera indefensión. Sostiene que los hechos estuvieron claramente definidos desde el inicio del procedimiento, mencionando tanto la filtración como la nota de prensa. Por tanto, la defensa conocía exactamente sobre qué se investigaba y se le acusaba, sin ambigüedad relevante que justificara reclamo de indefensión.

Cuestiona también la alegación de García Ortiz sobre la indemnización de diez mil euros, rechazada desde los trescientos mil que solicitaba González Amador. González Amador argumenta que aunque el tribunal no considere todos los derechos completamente lesionados, esto no elimina la existencia de daño real que merece compensación económica.

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