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El Tribunal Constitucional respalda los nombramientos discrecionales en la Fiscalía que ya había anulado el Supremo

Redacción

El Tribunal Constitucional acogió favorablemente los recursos de amparo presentados por el fiscal Eduardo Esteban contra las decisiones del Tribunal Supremo que invalidaron su designación como fiscal de Sala de Menores. Esta designación había sido cuestionada por la Asociación de Fiscales y por José Miguel de la Rosa, quien también aspiraba al puesto.

La Corte, con posiciones encontradas entre magistrados progresistas y conservadores, anuló ambas sentencias al considerar vulnerado el derecho fundamental de acceso igualitario a funciones públicas en condiciones de igualdad. Los cuatro magistrados del sector conservador anunciaron sus votos particulares disidentes sobre esta decisión.

El nombramiento de Esteban reflejó de manera evidente la política sesgada de designaciones de Dolores Delgado como fiscal general del Estado. Sus decisiones privilegiaban criterios de afinidad personal y asociativa sobre mérito profesional, otorgando ventajas repetidas a miembros de la Unión Progresista de Fiscales, organización a la cual ella misma pertenecía.

En abril de 2022, el Supremo anuló por primera ocasión el nombramiento de Esteban, argumentando falta de motivación y diferencias sustanciales entre su perfil y el de De la Rosa. A pesar de esta sentencia, Delgado reiteró el nombramiento ignorando las objeciones del tribunal. De la Rosa poseía mayor categoría fiscal y experiencia extensa en asuntos de menores, haciendo los currículos incomparables.

De forma inédita en la historia de la Fiscalía, la Sala Tercera anuló nuevamente el nombramiento de Esteban. Los magistrados establecieron que aunque el fiscal general puede valorar candidatos, convertir preferencias personales en criterio objetivo y legítimo contravenía la legalidad establecida.

El Tribunal Constitucional, con ponencias del magistrado Ramón Sáez, considera que el Supremo rechazó arbitrariamente los criterios presentados sin justificar por qué impedía valorar otras dimensiones además de especialización. La mayoría progresista argumenta que la Sala Tercera desnaturalizó el régimen legal de designaciones discrecionales y discriminó al recurrente por menor especialización.

Las sentencias constitucionales enfatizan que las plazas de fiscales de sala integran directamente la estructura de la Fiscalía bajo dirección inmediata del fiscal general, sin relación con funciones ante juzgados específicos. El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal requiere que órganos centrales dependan directamente del fiscal general, dirigidos igualmente por fiscales de sala.

Los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías anunciaron formular votos particulares. El presidente Cándido Conde-Pumpido y el magistrado César Tolosa se abstuvieron de participar en este recurso.

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