EspañaJusticia

El Tribunal Supremo ratifica la condena de prisión permanente revisable en el caso del homicidio de Aintzane Pujana

Paula Esquivel

La Corte Suprema ha ratificado la condena de prisión permanente revisable contra Erotz Seijo por el homicidio de Aintzane Pujana ocurrido en enero de 2021. La víctima era obligada a ejercer prostitución en Aizarnazabal, Guipúzcoa, por parte del condenado.

Los magistrados rechazaron el recurso presentado por la defensa que cuestionaba la decisión previa del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Esta instancia había mantenido la sentencia original dictada en 2022 por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa en contra del acusado.

Los hechos ocurrieron cuando la mujer se rehusó a realizar servicios sexuales solicitados por Seijo. Él le confiscó sus teléfonos móviles y la encerró en un vehículo, conduciéndola hasta una zona forestal. Posteriormente, ordenó a otra persona presente, Karmele Ubillos, que agrediera a la víctima, causándole fracturas nasales, inflamación ocular y heridas defensivas en los brazos.

Después de la agresión inicial, ambos acusados trasladaron a Pujana a un agroturismo donde residían. Seijo ordenó a Ubillos que apuñalara a la víctima, quien estaba semiconsciente al momento del ataque mortal. Luego intentaron destruir evidencia, pero fueron detenidos por la policía local antes de lograrlo.

La defensa argumentó que se vulneró el derecho a presunción de inocencia, negando que su cliente obligara a la víctima a prostituirse y alegando que era completamente voluntario. También cuestionó la validez de la confesión de la otra acusada ante las autoridades.

El tribunal supremo desestimó los argumentos defensivos al señalar que no puede modificar hechos ya probados en instancias anteriores. Los magistrados confirmaron que la decisión del tribunal regional fue racional, debidamente motivada y constitucional, evaluando adecuadamente toda la prueba presentada durante el juicio.

La corte mantuvo ambas condenas: prisión permanente revisable por homicidio y dos años de cárcel por inducción a la prostitución. Los jueces enfatizaron que la causa directa del asesinato fue la negativa de la víctima a aceptar un cliente, negativa que provocó las lesiones graves que finalmente resultaron en su muerte.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba
Cerrar