
El exfiscal general Álvaro García Ortiz permanecerá en la carrera fiscal a pesar de su condena por delito doloso. Su sucesora, Teresa Peramato, ha tomado esta decisión tras revisar el análisis de la Inspección Fiscal sobre las implicaciones de la sentencia del Tribunal Supremo. García Ortiz se ha incorporado a la Sección Social de la Fiscalía del Supremo.
La condena impuesta por el Alto Tribunal incluía revelación de datos reservados del novio de Isabel Díaz Ayuso. Como castigo, se le impuso una multa de 7.200 euros y la inhabilitación especial como fiscal general durante dos años. Además, debe indemnizar al empresario Alberto González Amador con 10.000 euros por daños morales.
La normativa fiscal establece que se pierde la condición de fiscal por condena dolosa, pero con excepciones importantes. El artículo 44 del Estatuto Orgánico permite que el fiscal general sustituya la expulsión por suspensión cuando la pena no supere seis meses de prisión. Sin embargo, la redacción no especifica claramente si estos seis meses se refieren a inhabilitación o a privación de libertad.
Fuentes fiscales señalan que la Inspección interpretó la norma de forma integradora. Se consideró que el legislador pretendía permitir flexibilidad en casos menos graves, similar al régimen existente para jueces. La Ley Orgánica del Poder Judicial es más precisa al mencionar explícitamente “pena privativa de libertad” por delito doloso.
Peramato se apoyó en una sentencia de 2017 del Tribunal Supremo que clarifica la pérdida de condición requiere privación de libertad superior a seis meses. Dado que García Ortiz no recibió pena de prisión, solo multa e inhabilitación, no pierde automáticamente su condición de fiscal.
El Supremo delimitó específicamente la inhabilitación solo al cargo de fiscal general por dos años. Las fuentes de Peramato enfatizan que esta precisión es relevante porque los tribunales deben indicar expresamente qué empleos se ven afectados, prohibiéndose cualquier extensión automática de la inhabilitación a otros cargos.



